Tuesday, July 11, 2006

IV UNIDAD OBLIGACIONES MERCANTILES.

IV UNIDAD OBLIGACIONES MERCANTILES.

Una obligación mercantil una relación jurídica entre personas y que está resulta de un acto o de un hecho comerciar o de cualquier actividad empresarial con finalidad lucrativa. Este concepto es unitario porque es una relación jurídica entre dos personas llamadas acreedor y deudor cuyo objeto o contenido es la prestación tanto en los civiles como no mercantil. Las obligaciones metan civiles en su mayor parte su fuente principal son los contratos mercantiles. Los elementos bases de la obligación mercantil son los siguientes: 1. Sujetos: acreedor: exige el punto de miembros. Y deudor forzado a cumplir. 2. Vínculo: se refiere a que la exigencia del acreedor sólo es tal si es por culpa de exigencia es decir está bajo protección jurídica. 3. Objeto: es lo exigible, aquello de lo que puede demandarse su satisfacción, es decir la prestación. 4. Consentimiento: es la manifestación de la voluntad conforme a la oferta y la aceptación. 5. Capacidad: capacidad para olvidarse. 6. Causó dos puntos frente se buscan el contrato o que produce la obligación. Los requisitos esenciales para la validez de las obligaciones son los siguientes: 1 consentimiento. 2 objeto o cosa cierta es posible que sirva en materia a la obligación considerando la capacidad. La fuente formal entre las obligaciones mercantiles son: la ley, el contrato, el cual se contrato, los actos ilícitos (delito y cuasidelito), la declaración unilateral de voluntad, en enriquecimiento ilegítimo, [la gestión de negocios ajenos (gestión codiciosa) es un cuasicontrato], la responsabilidad colectiva y el riesgo profesional. Las fuentes de las obligaciones en el código civil son. La ley y el hecho obligatorio ilícito (contrato y cuasicontrato) y el hecho obligatorio ilícito (delito y cuasidelito). En carácter mercantil de la obligaciones explica la manera siguiente: los contratantes deben ser comerciantes de lo contrario la obligación o de naturaleza mercantil. Según el derecho si cuando efectivo no el lucro. Según el derecho mercantil la relación surge de un negocio de naturaleza jurídica. Una obligación mercantil se diferencia de una civil en que la mercantil resulta de un acto comerciar o de cualquier actividad empresarial con finalidad lucrativa la obligación civil es una sucesión jurídica que resulta de la ley cuerpos con más voluntades concertadas. La diferencia es la materia (civil o mercantil). Los medios de pruebas de las obligaciones mercantiles son: escrituras públicas, escrituras privadas, notas de corredores suscritos por las partes, factura aceptadas, correspondencia, telegramas, los libros de las partes contratantes, por testigos (excepto con una cantidad exceda de 100 a no concurrir con alguna otra prueba), cualquier otro medio de prueba admitido por leyes civiles (prueba documental). Las reglas principales de las obligaciones mercantiles están contenidas en los artículos 112, 113, 114, 115, 116, del código de comercio. Remisión de cuentas regulan acusaciones transacciones lo reconoce que contrata por cuenta ajena está regulado del artículos 104 al 110 del código el comercio. Contratos. Un contrato en general es un acuerdo de dos o más personas para construir, regular u aclarar entre las mismas un vínculo jurídico (obligación). Es decir es un acuerdo de voluntades. El elemento diferenciador del contrato con relación a la obligaciones es el acuerdo de voluntades o bien la relación jurídica establecida en un contrato. Un contrato mercantiles un convenio con obligación mercantil, es decir el acuerdo de voluntades por mayor cual ha partes contratantes producen, transforman, transmite por regulan derecho y obligaciones del ámbito jurídico mercantil o empresarial. Según la doctrina los elementos del contrato privado son clasificados la manera siguiente: de existencia: consentimiento voluntad, objeto de la materia del acto, solemnidad, norma. De validez: licitud, capacidad, formalidades, voluntad libre. Los contratos mercantiles asuman más o menos los caracteres de los contratos civiles: son consensúales (salvo excepciones, contrato es seguro), bilaterales, onerosos, principales, accesorios, instante año un retrato sucesivo, comunicativos, típicos o típicos, nominados o innominados. Los contratos mercantiles según su función al se clasifican en: 1. Tradicionales, ejemplo contrato de compraventa, transporte. 2. Colaboración asociativa, ejemplo contrato social. 3. Colaboración simple, ejemplo comisión, asistencia técnica, ángeles. 4. Contrato de garantía, ejemplo: fianza, hipotecar, inmobiliaria y prenda. 5. Contrato de cobertura de riesgos, ejemplo seguros mercantiles. 6. Contrato típicos huérfanos de correlación legal o mixtos ejemplo: leasing know. 7. Contrato bursátil: el reporto, how de licencia, franquicia, tarjeta de crédito. No contrato mercantiles regulan concretamente en cuanto la obligación y aceptación de la propuesta verbal para que se imponga al componente la respectiva obligación, tiene que ser aceptada en un acto de ser conocida por las personas a 15:10 y no mediando la aceptación que da el proponente libre de todo compromiso. En cuanto al perfeccionamiento el contrato por correspondencia quedarán perfeccionados desde que se reciba contestación aceptando la propuesta o las modificaciones con que éste fuera aceptado. En cuanto al retiro de una proposición el que hace la proposición puede retirarla mientras no haya sido aceptada por la otra parte. En cuanto al lugar elevación del contrato si los interesados residen en lugares diferentes el contrato deberá celebrarse en el de la residencia del que acepta la propuesta. En cuanto al día de vencimiento de la obligación será estipulado por ambas partes en el contrato. En cuanto al derecho recibo será estipulado por las partes como medio de prueba en caso de ser necesario. En cuanto al finiquito, es finiquito de una cuenta a presumir de la anterior en cuanto el comerciante que lo ha dado arregla su cuenta en período fijo. En cuanto al derecho rectificación el comerciante que paga una cuenta otra un finiquito no pierde el derecho a solicitar la rectificación de los errores, omisiones hubo otros vicios cometidos en la cuenta o finiquito referidos. En cuanto la misión de la cláusula necesaria en un contrato cuando se omiten clausuras necesarias a llevar al efecto lo contratado se presume que las partes quisieran sujetarse a lo que en caso de igual especie se practica cabe en el plano donde contrato debe recibir su reclusión y en este sentido se procederá si los interesados no se acomodaren a explicar su voluntad de común acuerdo. En cuanto la solidaridad de cobro desquiciado es todo fiador de obligación mercantil aunque no sea comerciante será solidario conductor principal y con otro fiadores. No contrato son instantánea con los ejecuta se realizan cuando se perfeccionan cuando hubo acuerdo en el mismo instante en que la otra parte acepta el contrato. El contrato de retrato sucesivo cuando se se desarrolla mediante va pasando el tiempo ejemplo contrato de seguro, será ser real durante todo el tiempo y termina cuando ocurre el suceso o cuando llegue el plazo, no se realiza el día que se perfeccionó.

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